La “Formación Bonificada” tiene por objetivo facilitar a los empleados/as y a las empresas usuarias del servicio, una formación de calidad con coste cero o reducido para las mismas.

¿EN QUÉ CONSISTE?

Es un servicio de fácil acceso para la empresa, en el que Atlantic Emergency actúa como entidad organizadora, y un departamento específico se encargará de toda la tramitación requerida por la Fundación Tripartita para que la formación sea bonificada, y usted, como cliente, disponga de todas las facilidades a la hora de iniciar una acción formativa a medida con nosotros.

¿CÓMO FUNCIONA?

Para la financiación de la formación de los trabajadores, las empresas disponen de un crédito, cuyo importe resultará de aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje establecido anualmente, determinado en función del tamaño de la empresa (número de trabajadores), según se expone a continuación:

  • De 1 a 5 trabajadores: 420 Euros.
  • De 6 a 9 trabajadores: 100%.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60%
  • De 250 o más trabajadores: 50%.

¿QUIÉN SE PUEDE BENEFICIAR DE ESTE SISTEMA DE BONIFICACIÓN?

Todas las empresas que tengan sus centros de trabajo en territorio español (cualquiera sea su tamaño y ubicación) y que deseen mejorar sus beneficios y maximizar el potencial del capital humano a través de una Formación Continuada de Calidad.

  • Cumplir el requisito de información a la representación legal de los trabajadores (si la hubiere).
  • Haber realizado la formación.

Los trabajadores/as que pueden acceder al sistema de formación bonificada:

  • Trabajadores por cuenta ajena que prestan servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesinal.
  • Trabajadores fijos en concepto de formación profesional.
  • Trabajadores que accedan a la situación de desempleo cuando entran en un periodo de formación.
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo.

“No sólo las empresas pueden recibir esta financiación, sino que asociaciones, fundaciones y ONG’s tienen derecho a percibir ayudas económicas para la formación del personal que tengan contratados. Los trabajadores autónomos no pueden beneficiarse de este tipo de formación, pero si que pueden sus trabajadores.”

¿Cómo se aplican las bonificaciones?

Una vez finalizada la formación, la empresa recupera el importe que le corresponde aplicándose una bonificación en la cotización a la seguridad social a partir del mes siguiente a la finalización del curso.

Las condiciones que establecen que un alumno a finalizado el curso y por lo tanto es bonificable son:

  • Presencial: asistir al 75% de las horas del curso.
  • Teleformación: realizar el 75% de los controles periódicos de seguimiento.
  • Blended: cumplir los requisitos de cada una de las modalidades.

Se emite factura a 90 días, que la empresa debe hacer efectiva antes de aplicar el descuento en los seguros sociales.

En todo caso, siempre dentro del año en el que se realiza la formación. La aplicación de la bonificación en la cotización exigirá que la empresa se encuentre al corriente de pago en sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social.

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